La UE a sido clara : No hay espacio para los incineradores in the agenda por la sustentabilidad

Par Kassandra Makavou.

Traduction de : L'UE est claire : l'incinération de déchets en énergie n'a pas sa place dans l'agenda de la durabilité

 

No hay espacio para los incineradores en l'agenda por la sustentabilidad

La Unión Europea se está desmarcando poco a poco de la incineración de residuos para obtener energía (WTE, por sus siglas en francés), y las principales instituciones financieras europeas las están excluyendo de sus apoyos financieros. Luego de haberse fijado objetivos tan ambiciosos como el de lograr la neutralidad de carbono para el 2050 [1] y la reducción de residuos remanentes a la mitad para el 2030 [2], es évidente que se necesitan cambios rápidos y profundos. El proceso de incineración de residuos es un método que utiliza mucho carbono, socavando el esfuerzo por reducir las emisiones de carbono y alcanzar, por tanto, la meta de la neutralidad a tiempo. Además, en lugar de facilitar la transición hacia una economía circulaire, la obstaculiza. Como las incineradoras utilizan tanto residuos reciclables como no reciclables, se desincentiva el reciclaje y la prevención de residuos, lo que a la larga instaura una generación de residuos cada vez mayor  

Por estas razones, las instituciones financieras europeas optan en la actualidad por apoyar alternativas menos contaminantes de carbono y más elevadas en la jerarquía de residuos, dejando fuera de su agenda de sostenibilidad los incineradores de residuos. Acá presentamos un resumen de las últimas novedades en este frente político.

 

Le plan de récupération et de résilience

 

El plan de recuperación y resiliencia, que entró en vigor en febrero de 2021, se propone mitigar el impacto económico y social causado por la pandemia de coronavirus. Concéder 672.500 XNUMX millions d'euros en préstamos y subvenciones que ayudarán a los Estados miembros de la UE a construir economías más resistentes y sustentables, ya lograr una transición ecológica y digital.

Cada Estado miembro tiene que preparar su plan de recuperación y resiliencia siguiendo las directrices propuestas por la Comisión Europea. De acuerdo con estas, ninguna medida "debe suponer un perjuicio significativo para los objetivos medioambientales según el artículo 17 del reglamento sobre la taxonomía". Según esto, se elaboró ​​una lista de medidas que « no causan daños significativos » (DNSH). 

Entre les facteurs dañinos están las incineradoras, según los principios de DNSH la construcción de nuevas plantas es un ejemplo de incumplimiento de medidas. Específicamente, el informe menciona que estas amenazan la transición hacia una economía circular ya que probablemente “conducirá a un aumento significativo de generación, incineración o eliminación de residuos, con la excepción de la incineración de residuos peligablesrosos in recícumo 17)d(ii) del Reglamento de Taxonomía (« Daño significativo a los objetivos medioambientales »). Además, dificulta las alternativas de mayor rendimiento medioambiental, como la reutilización y el reciclaje, y socava la meta del reciclaje, pues suele usar como materia prima tanto reciclables como no reiclables en grandes cantidades. 

 

Fondo Europeo de Desarrollo Regional et Fondo de Cohesión

 

La finalité des affaires fonde es reforzar la cohesión económica, social y territorial en la UE reduciendo las disparidades entre las regiones europeas, así como promover el desarrollo durable. Disponen de 234.000 millions d'euros pour l'attribution.

Desde décembre 2020, las actividades que reciban ayuda financiera deben estar en consonancia con las normas y prioridades climáticas y medioambientales de la UE y no perjudicar significativamente los objetivos medioambientales.

Más concretamente, en el marco del objetivo específico "promover la transición a una economía circular y eficiente en el uso de los recursos", estos fondos apoyan inversiones relativas a capacidad adicional de reciclaje, recolección separada, y reutilización de residuos. 

Por el contrario, pas d'apoyan las inversiones destinadas a aumentar la capacidad de las instalaciones para el tratamiento de los residuos remanentes, incluyendo los incineradores, con la excepción de las regiones ultra periféricas y de las tecnologías para la recuperacións. Los resultados deseables (indicadores) de este objetivo específico por la UE son aumentar la recolección separada de residuos, el reciclaje de residuos; y la utilización de los residuos como materias primas.

 

Fonds pour une transition juste

El Fondo de Transición Justa, de 40.000 millions d'euros, es uno de los pilares del Mecanismo de Transición Justa, que establece la hoja de ruta hacia la neutralidad climática para el año 2050 de una manera eficaz y justa. Este fondo apunta a promover una transición climática socioeconómica equitativa mediante el apoyo a las regiones y personas más afectadas. 

Según su reglamento, las actividades elegibles para la inversión deben ser sostenibles a largo plazo y estar en consonancia con los objectivos del Pacto Verde Europeo. Deben "contribuir a la transición hacia una economía sostenible, climáticamente neutra y circulaire, incluyendo las medidas que buscan aumentar la eficiencia de los recursos". En consecuencia, establece claramente que la incineración de residuos queda excluida del apoyo financiero por "pertenecer a la parte inferieur de la jerarquía de la economía circular de los residuos".

 

Règlement de taxonomie de l'UE

El Reglamento de Taxonomía se publicó en 2020 y es un sistema de clasificación que establece las actividades económicas que pueden considerarse ambientalmente sostenibles. Establece seis objetivos medioambientales. Fils d'Estos : la mitigación del cambio climático, la adaptación al cambio climático, el uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos, la transición hacia una economía circulaire, la prevención y control de la contaminación, y la protección y restauración de la biodiversidad y ecosistemas. Una actividad sostenible puede contribuir a uno o varios de estos objetivos, pero no debe causar un “perjuicio significativo” a ningún otro. 

Se entiende como "perjuicio significativo" a los objetivos medioambientales según lo que establece el artículo 17 del Reglamento de la Taxonomía. Se establece específicamente qu'una actividad que « de lugar a un aumento significativo de la generación, incineración o eliminación de residuos, excepto la incineración de residuos peligrosos no reciclables » perjudica el objetivo de la transición a una economía circulaire.

 

Banque européenne d'investissement (BEI)

El Grupo del Banco Europeo de Inversiones (BEI), a fin de cumplir los compromisos climaticos y medioambientales de la UE, a créé la Hoja de Ruta del Banco Climático. Esta proporciona las directrices para la financiación de la acción climática y el desarrollo sostenible, al tiempo que respalda el Pacto Verde de la UE.

El BEI sostiene que el marco para la financiación de la acción climática y la sostenibilidad medioambiental se alinea con el principio de « no causar perjuicios significativos » definido en el Reglamento de Taxonomía de la UE. Por ello, excluye de su apoyo financiero la incineración de residuos.

Los cambios mencionados en los mecanismos financieros han sido autorizados y fomentados por la siguiente legislación :

Directiva sobre energías renovables

La Directiva sobre Energías Renovables (REDII) apoya las políticas de producción y promoción de las energías renovables en l'UE. Esta Directiva entró en vigor en 2018 tras la decisión conjunta entre instituciones de la UE.

Esta Directiva menciona que a la hora de promover acciones de energía renovable, los Estados miembros deben considerar los principios de jerarquía de residuos y economía circulaire, teniendo como opciones prioritarias la prevención y el reciclaje de residuos. Más adelante se indica explícitamente que no se debe otorgar ninguna ayuda a la producción de energía renovable procedente de la incineración de residuos, a menos que se cumplan primero las obligaciones de recogida selectiva de acuerdo con la Directiva marco/Direct sobre 2008/98 CE). Por consiguiente, al aplicar esta disposición, los Estados miembros deberán determinar si las obligaciones de recogida selectiva establecidas en la Directiva marco sobre residuos se cumplen. 

 

  • Circulaire du Plan d'action d'économie 

Como se ha mencionado, la Comisión prétende reducir a la mitad los residuos remanentes en la UE para el año 2030 mediante la adopción del Plan de Acción para la Economía Circular (PAEC) en 2020 y el desarrollo de acciones de economía circulaire.

El informe de iniciativa del Parlamento Europeo sobre el PAEC destaca que “los Estados miembros deben reforzar la prevención y la preparación para la reutilización, incrementar el reciclado de alta calidad y alejarse de los residuos en vertederos, al tiempo que se reduce a un minimo la incineración, en consonancia con la jerarquía de residuos ».

Menciona, además, que debe garantizarse el tratamiento óptimo de los residuos no reciclables y se advierte que construir una excesiva capacidad de incineración de residuos puede obstaculizar el desarrollo de la economía circulaire.

 

La voie à suivre

La UE ha decidido que la incineración de residuos debe excluirse del apoyo financiero dado que desde ahora se reconoce como contrario a la transición a una economía circulaire y neutra en carbono. En cambio, se fomentan y se financian las soluciones de gestión de residuos de mejor rendimiento medioambiental que se adhieren al objetivo de cero residuos, como la prevención y la reutilización de residuos y el reciclaje. 

Considérant que la UE a liderado históricamente el débat y la elaboración de políticas en materia de economía circulaire, este reciente enfoque debería ser ejemplo para que otras regiones y países no europeos reconsideren y rediseñen su camino hacia el desarrollo sustent. 

 

Sources

[1] Commission européenne, « The European Green Deal », 2019. Disponible en ligne : https://ec.europa.eu/info/sites/default/files/european-green-deal-communication_en.pdf.

[2] Commission européenne, « Un nouveau plan d'action pour l'économie circulaire », 2020. Disponible en ligne : https://eurlex.europa.eu/resource.html?uri=cellar:9903b325-6388-11ea-b735-01aa75ed71a1.0017.02/DOC_1&format=PDF.