Agradecemos a la secretaría del INC para el Tratado de Plásticos, la compilación de las propuestas entregadas por los gobiernos y partes interesadas que se encuentran resumidas en el documento publicado por PNUMA el 13 de abril del presente año. Valoramos enormemente este trabajo que esperamos siente las bases para las discusiones que se lleven adelante próximamente en el INC-2.
El documento analiza las obligaciones, mecanismos, principios y estándares del Acuerdo de Escazú en materia de acceso a la información y participación pública en asuntos ambientales y de salud, que pueden informar el proceso de negociación e implementación del instrumento jurídicamente vinculante sobre contaminación por 플라스틱. Para ello, describe las obligaciones, mecanismos, principios y estándares del Acuerdo de Escazú en materia de acceso a la información y participación pública en asuntos ambientales y de salud.
En primer lugar, las restricciones impuestas por la Secretaría del Comité Intergubernamental de Negociación para la segunda ronda de negociaciones del tratado de plastico van en contravía
de la Resolución 5/14 de la Asamblea Ambiental de las Naciones Unidas, en la que se “destaca la necesidad de garantizar una participación lo más amplia y eficaz posible en la labor del grupo de trabajo especial de composición abierta y el comité intergubernamental de negociación ". Creemos que para avanzar hacia un tratado ambicioso y efectivo, se requiere que las organizaciones de la sociedad civil, los expertos científicos independientes, los Pueblos Indígenas, los recicladores de oficio y las personas que viven en las zonas afectadas por la contaminación por 플라스틱 os 푸에단 참여 de manera significativa en todo el proceso.
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