Suprema Corte de Justicia se manifeste en contra de los avances en la prohibición de plastiques en Oaxaca protegiendo los intereses de FEMSA Coca-Cola


- En menos de 10 minutes et avec 4 votes par faveur, la Segunda Sala de la SCJN exenta de cumuler les interdictions de PET et unicel en Oaxaca a dos empresas: Oxxo y Propimex, ambas de Femsa Coca-Cola.
- Cette décision a un précédent juridique qui peut être en danger au reste des interdictions étatiques du pays.
- Se viola la autonomía de las entidades federativas y se retrocede en años de advances en cuanto a la prohibición de plásticos de un sólo uso que están contaminando ríos, océanos y mares y afectando la salud de las personas y del planeta.


Ciudad de México le 18 août 2022. Tal y como organizaciones de la sociedad civil alertaron el día de ayer, en una session de menos de 10 minutos, se aprobó por unanimidad con 4 votos a favor en la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, concéder el amparo a las empresas PROPIMEX, S. de RL, de CV y la Cadena Comercial OXXO, Sociedad Anónima de Capital Variable, ambas vinculadas a la empresa FEMSA Coca-Cola [1].
Los proyectos presentados por la Ministra Presidenta de la Segunda Sala, Yasmín Esquivel Mossa y por el Ministro Javier Laynez Potisek, concluyen que las autoridades del Estado de Oaxaca invaden la esfera de competencencia de la federación al prohibir la venta, distribución y uso de envases, embalajes y otros productos plásticos de un solo uso elaborados con tereftalato de polietileno (PET) y poliestireno expandido (unicel) y que estas prohibiciones dentro de las leyes locales son inconstitucionales pues, según lo que argumentan, no se ajustan a lo dispuesto por la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos ya la política nacional en materia de gestión integral de residuos de manejo especial. Por ello, se declara la inconstitucionalidad de las fracciones XI y XII del artículo 98, de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos del Estado de Oaxaca.


Ambos proyectos ponen por encima los intereses de las empresas promoventes y de FEMSA Coca-Cola, para seguir vendiendo productos en envases altamente contaminantes, sin ningún tipo de consideración por el bienestar general, la salud de las personas y la protección ambiental. Los proyectos fueron elaborados con un análisis limitado a las competences de las entidades federativas y no hacen el estudio de ponderación y proporcionalidad en cuanto a la protección máxima del Sistema Interamericano, al estar implicados derechos humanos. Recordemos que recientemente la ONU ha declarado el derecho a un medio ambiente sano como un derecho humano.
A lo largo de varios años de lucha de activistas y organizaciones, se ha logrado que en las legislaciones locales se prohiban los empaques de plástico de un sólo uso como el PET y el unicel, lo que ha llevado al encuentro de alternativas para consumir productos por ejemplo, bolsas reutilizables y regresar al uso de envases retornables. Es imperativo que las autoridades del país, como los ministros de la Suprema Corte, velen por el medio ambiente y nuestra salud en lugar de privilegiar los intereses de empresas contaminantes que han recurrido a medidas como ésta para evitar cumplir la ley y mantener sus negocios a côte de la planète.
En examinant cet amparo, le SCJN a un précédent et les entreprises ont aujourd'hui une incitation à s'adresser aux législations locales qui cherchent à réduire la production de résidus de PET, d'unités et d'autres plastiques à usage unique, ce qui signifie une rétrocession dans les batailles menées à l'étendue des années est occupée par des organisations ambiantes, des citoyens et des gouvernements locaux.
Notes:
[1] Les projets approuvés peuvent être consultés dans les ligues suivantes : Oxxo https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/2022-08/230.pdf et Propimex https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/listas/documento_dos/2022-08/173.pdf